Mesa Directiva Trienio 2018 - 2020
Historia
El 25 de abril de 1925, un grupo de comerciantes mayoristas en los ramos de frutas y legumbres del mercado de la Merced de la Ciudad de México fundaron la Unión de Comerciantes Establecidos en el Ramo de Frutas y Legumbres de la Ciudad de México, mediante diligencias de jurisdicción voluntaria; formalizándose legalmente como asociación civil el 7 de julio de 1954 bajo la denominación de Unión de Comerciantes de Frutas y Legumbres de la Ciudad de México.
En 1981 con la creación de la Central de Abasto en una extensión de 327 hectáreas, convirtiéndose en el mercado mayorista más grande de la ciudad, la unión abre sus oficinas en el nuevo centro de abasto.
Cuarenta y dos años después, con el objeto tener representatividad de los agremiados y acorde a sus nuevas instalaciones, el 16 de agosto de 1996 se realiza la actualización de denominación por lo que hoy en día somos conocidos como Unión de Comerciantes en Frutas, Legumbres, Abarrotes y Locales Comerciales de la Central de Abasto de la Ciudad de México A. C., para una fácil identificación administrativa y legal utilizamos el acrónimo UNCOFYL.
Actualmente la Unión de Comerciantes en Frutas, Legumbres, Abarrotes y Locales Comerciales de la Central de Abasto de la Ciudad de México A. C., y sus agremiados se rigen bajo un estatuto integrado por 17 capítulos, que con el objeto de estar a la vanguardia fue reformado en el año 2016.
​
Capítulo primero – Generalidades.
Capítulo segundo – De los asociados y su admisión.
Capítulo tercero – Deberes de los asociados.
Capítulo cuarto – Derechos de los asociados.
Capítulo quinto – Exclusión o baja de los asociados y sanciones.
Capítulo sexto – Rehabilitación de los asociados.
Capítulo séptimo – Asamblea General.
Capítulo octavo – Elecciones.
Capítulo noveno – Disposiciones Generales.
Capítulo décimo – Junta Directiva y Comisiones.
Capítulo decimoprimero – Junta Directiva.
Capítulo decimosegundo – Comisión de Vigilancia.
Capítulo decimotercero – Comisión de Honor y Justicia.
Capítulo decimocuarto – Funcionarios de la asociación.
Capítulo decimoquinto – De los fondos de la asociación.
Capítulo decimosexto – Derogado.
Capítulo decimoséptimo – Vigencia y Reforma del Estatuto.